sábado, 27 de diciembre de 2014

La Navidad de Jonathan

Jonathan (nombre ficticio) es un interno del módulo de jóvenes. Mide alrededor de un metro sesenta y cinco y es de complexión muy delgada. Cuando lo vi por primera vez me fijé rápidamente en lo deteriorada que tenía la dentadura a pesar de su juventud, tan sólo veintiún años. Jonathan había estado consumiendo desde los doce y eran muy ostensibles los efectos de las drogas.

Este comienzo tan temprano no es frecuente ya que la supervisión de los padres y la dificultad para acceder a estas sustancias suelen retrasar la edad de inicio en el consumo. Jonathan no tenía estos impedimentos puesto que pertenece a una saga familiar de traficantes de drogas muy conocida en prisión. De hecho, varios de sus tíos y primos han cumplido, o cumplen aún, condenas por delitos contra la salud pública (tráfico de drogas).

La primera entrevista que mantuve con él fue meramente informativa. Me presente, le expliqué las actividades que podía realizar en prisión y los programas en los que se podía inscribir. Jonathan asentía con la cabeza sin abrir la boca. Cuando por fin habló fue para quejarse por las dosis de medicación tan bajas. Finalicé pronto la entrevista porque noté que tenía mono y le estaba resultando duro.

Los factores de riesgo con los que contaba Jonathan eran numerosos: escasa cualificación profesional, sin hábitos laborales, adicción, miembros de su familia con antecedentes penales y toxicofílicos, no conciencia del problema, E.S.O. sin finalizar, poca motivación al cambio... Jonathan era un caso perdido, un caso que a nadie le gusta tener, tampoco a mí.

Después de aquella primera entrevista, dejé que pasara una semana y lo reclamé con la excusa de plantearle un cuestionario. Mi intención era sólo comprobar cómo se encontraba, no pensé en llevar a cabo una intervención específica con él porque, sinceramente, no sabía por dónde empezar. Aquella entrevista resultó productiva. Jonathan se encontraba más orientado y con ganas de hablar.

De soslayo me comentó que sus padres no habían estado en prisión. Él era albañil y ella limpiaba casas. ¡Madre mía! En una familia de profesionales había dos personas que se dedicaban a trabajar, en economía sumergida la mayoría de las veces, pero a trabajar. Aquí se encontraba el mayor factor de protección; los padres podían representar el fondo donde anclar la intervención.

Cuando llamé a su madre, ésta condenó el tráfico de drogas de sus parientes y los hacía responsables de la adicción de su hijo, aunque también se culpaba de no establecer los límites necesarios por miedo a la ruptura de vínculos con la familia y a las represalias.

A medida que pasaba el tiempo me iba enganchando cada vez más a Jonathan. Se trataba de una persona buena y lo digo en el sentido literal del término (relativo a bondad). Ayudaba (y ayuda) en la medida de sus posibilidades a sus compañeros, los escucha en los momentos más difíciles y presta apoyo a los internos que acababan de ingresar. Todo esto lo hacía a iniciativa propia y sin que se notase. Su intención no era demostrar nada, simplemente lo hacía.

Este buen corazón de Jonathan me preocupaba porque una característica que en sí es positiva podía convertirse en una debilidad para afrontar decisiones en libertad. Le sugerí que se inscribiera en el programa de habilidades sociales en el que se trabaja la asertividad. Jonathan aceptó.

Para dotarlo de ciertas oportunidades de reinserción, era necesario trabajar en tres direcciones: el mantenimiento de abstinencia, la adquisición de formación básica y la obtención de cierta cualificación profesional. Para ello era necesario la voluntariedad y motivación del propio interno y sin su compromiso iba a resultar imposible alcanzar estos objetivos. Hicimos un contrato social en el que calendarizamos las actividades a desarrollar.

Otra cuestión que resultaba preocupante era la tentación que suponía tener tan disponible la droga. La madre habló con sus familiares y les transmitió el dolor que le produce la adicción de su hijo. Sus familiares han acordado mantenerse al margen, a menos que Jonathan sea quien los busque.

Tras estos dos años de internamiento, para mi sorpresa, Jonathan ha ido respondiendo bien: ha finalizado la E.S.O., ha realizado un curso de pintura y otro de panadería y se ha mantenido abstinente. Alguien podría pensar que en prisión es fácil mantenerse sin consumir sin embargo en la cárcel también entra droga a pesar de los férreos controles de seguridad.

Había llegado el momento de comprobar si su buena evolución tenía correlato también en libertad por lo que le sugerí que pidiese un permiso de salida. Normalmente los internos piden permiso en cuanto alcanzan el cuarto de la condena, fecha legalmente establecida para acceder a este beneficio, pero Jonathan no estaba utilizando este derecho. La razón es que temía salir y recaer.

La concesión del permiso no iba a ser tarea fácil como pude comprobar en el Equipo Técnico. En cuanto se mencionó su apellido se asociaron todo un sinfín de etiquetas relacionadas con su familia, pero que nada tenían que ver con este chico.

Uno de los principios generales del Trabajo Social es la individualización expresada en la necesidad de adecuar la intervención profesional a las particularidades específicas de cada persona, grupo o comunidad. Además de nuestro Código Deontológico, la propia Ley Orgáncia General Penitenciaria introduce la individualización científica en el Tratamiento Penitenciario, priorizando la personalidad de cada individuo en base a su reinserción. Estos principios nos obligan a considerar a Jonathan como un ser único.

Esa semana del estudio del permiso pasé un poco de nervios porque, de no concederse, la relación podría verse dañada. Yo sugerí a Jonathan, a pesar de sus miedos, que solicitara el permiso y él había acabado ilusionandose con la posibilidad de pasar unos días en casa. Si se votaba desfavorable, podría percibir que de nada sirve el esfuerzo realizado hasta ahora. Además, el límite temporal con el con el que cuenta la intervención en prisión (la duración de la condena) complicaba el margen de maniobra.

Finalmente, el permiso fue favorable y Jonathan está pasando ahora unos días de Navidad con su familia. Ojalá Jonathan salga adelante, pero también me estoy preparando para que no sea así. Sé que una recaída me afectaría, pero eso es algo que como profesional debo trabajarme. Incluso la recaída, si se produce, es una oportunidad para afrontar los problemas con los que Jonathan se encontrará cuando salga y una oportunidad para mí, puesto que una vez que Jonathan cumpla su condena mi trabajo habrá finalizado, espero que, con él, para siempre.

martes, 11 de noviembre de 2014

Matas, casi igual ante la ley.

Hace unos años Jaume Matas fue juzgado por la Audiencia Provincial de Palma por delitos relacionados con la corrupción, concretamente fraude a la Administración, falsedad documental, malversación, prevaricación y tráfico de influencias. Esta Audiencia lo condenó a seis años de prisión, pero Matas recurrió al Supremo y la cosa se quedó en nueve simples meses.

El 28 de julio, el ex ministro y ex presidente balear decidió ingresar en la prisión de Segovia para, tan sólo tres meses después, ser puesto en régimen de semilibertad. Muchos han sido desde entonces los comentarios que han girado en torno a la noticia, especialmente cuando se tuvo conocimiento de dos datos:
  • La decisión de aplicarle el tercer grado penitenciario había sido tomada por la Secretaría General de Instituciones Penitenciarias, desoyendo la propuesta mayoritaria de la Junta de Tratamiento de la prisión segoviana.
  • Los cinco votos que recomendaban el segundo grado provenían del psicólogo, trabajador social, educador, jurista y jefe de servicio; los tres votos que recomendaban el tercero fueron emitidos por los denominados cargos políticos. 
Desde el Gobierno se han afanado en defender la legitimidad de la decisión y en esto llevan razón. El Reglamento Penitenciario es claro al respecto: su artículo 31.1 establece que corresponde a la Secretaría General de Instituciones Penitenciarias la asignación de grado y destino, por lo que, evidentemente, la decisión se ajusta a derecho. Lo que no me parece de recibo es que, con el ánimo de justificar la determinación adoptada, se hayan emitido opiniones que desacrediten a los miembros de la Junta que votaron en otro sentido.

La pasada semana el Secretario General de Instituciones Penitenciarias, Ángel Yuste, afirmaba ante los medios de comunicación que los miembros de la Junta no discreparon por cuestiones criminológicas, delictivas o sociofamiliares, sino por la notoriedad pública de Jaume Matas.

De estas palabras parece desprenderse que los miembros de la Junta no entraron en más valoraciones que la fama del personaje. Para quienes desconozcan el funcionamiento de las prisiones quiero señalar que esa notoriedad pública tiene repercusión directa en la alarma social creada, uno de los factores que, justamente, desde Instituciones Penitenciarias se nos encomienda considerar en la emisión del voto, máxime tratándose de personas con responsabilidad pública.

En las mismas declaraciones, Yuste opinó que Matas tenía unas circunstancias muy favorables; aludió a que nunca había estado en prisión, a la posibilidad laboral, a su buena conducta y al ingreso voluntario. Desde mi modesta opinión como trabajadora social de prisiones, voy a realizar una valoración de esas circunstancias que el responsable de prisiones observa tan favorables.

Estos factores que, sin duda son positivos, no se aplican al interno de manera directa sino que deben ser interpretados por los profesionales de prisiones, de lo contrario bastaría con pasar un simple cuestionario para acceder a los beneficios penitenciarios. Me explico.

Matas no ha estado nunca en prisión: Es verdad que la condición de primario ha de ser tenida en cuenta, pero no es menos cierto que todos los internos, incluso los más prisionalizados, han tenido su primera vez. Esa condición de primariedad pierde peso en el momento que se tiene conocimiento de la existencia de causas pendientes, situación en la que se encuentra Jaume Matas ya que sigue imputado en varias piezas del caso Palma Arena.

La posibilidad laboral: El hecho de tener oferta laboral en el exterior de la prisión es un factor de protección para muchos internos, sobre todo para aquellos que delinquieron por estar en desempleo, tener deudas o encontrarse en un estado de pobreza extrema. En esos casos la motivación al delito fue la falta de recursos para cubrir necesidades. Sin embargo, Matas tenía un trabajo altamente remunerado cuando cometió el hecho delictivo. Su motivación no fue la precariedad económica y, por tanto, el hecho de contar con oferta laboral no disminuye la posibilidad de reincidencia.

Su buena conducta: Los delincuentes acusados por este tipo de delitos no suelen dar problemas en prisión. Primero, porque son destinados a módulos poco conflictivos, segundo, porque no están machacados por drogas, calle y enfermedad. Matas reúne el perfil de aquellos a los que denominamos buen preso, mal ciudadano. A riesgo de herir sensibilidades, los internos acusados de pederastia tampoco suelen ser violentos y se adaptan muy bien a la vida penitenciaria, pero no por ello se les suelta a los cuatro días.

Ingresó de manera voluntaria: Al principio de esta entrada comentaba que Matas fue primero juzgado por la Audiencia y después, tras recurrir la sentencia, en el Supremo. Entre un procedimiento y otro es frecuente que se declare la prisión provisional, hecho que en el proceso del político no sucedió porque el fiscal estimó que no existía riesgo de fuga. De esta manera, Matas pudo eludir ingresar en prisión durante un tiempo, elegir el momento de su entrada e incluso valorar en qué cárcel resultaba más cómodo cumplir.

Muchos internos no tienen esa posibilidad, ya sea porque no pueden afrontar la fianza, ya sea porque no se les permita judicialmente, por lo que convertir lo que ha sido un beneficio para el condenado en un factor de protección, me parece, cuanto menos, un atrevimiento.

Actualmente, la justicia aún tiene algo que decir. Fiscalía ha recurrido la decisión de la Secretaría General y el Juzgado de Vigilancia Penitenciaria tendrá que decidir. Veremos qué pasa.

Con la intención de haber sembrado dudas, si es que ya no las teníais, me despido no sin antes mandar un fuerte abrazo a los compañeros de la prisión de Segovia por la entereza y profesionalidad demostrada. Esta entrada va por vosotros compañeros. 

lunes, 20 de octubre de 2014

Hoy la cosa va de enlaces.

Estar actualizado resulta una necesidad obvia, pero algunas veces no sabemos donde acudir para ponernos al día en nuestro trabajo o para indagar en aquello que nos  interesa, especialmente cuando se trata de algo tan específico como el trabajo social penitenciario, la delincuencia o la legislación penal. En esta entrada pretendo allanar el camino a quienes os interesen estos temas.


Las Instrucciones y Órdenes de Servicio que transmite la Secretaria General de Instituciones Penitenciarias no son normas jurídicas, ni tampoco actos administrativos, sino mandatos escritos impartidos desde Madrid a los centros penitenciarios y a los profesionales adscritos a los mismos.

Estas instrucciones vienen a matizar y/o especificar la legislación. Ojeando las emitidas en el pasado podemos comprobar cómo son un auténtico barómetro indicativo del ajuste o desajuste entre la realidad penitenciaria y la normativa vigente. Los años comprendidos entre 1988 y 1995 fueron un periodo de alta producción, llegaron incluso a ser consideradas una auténtica normativa intra y extramuros de la prisión. Hoy día siguen siendo muy importantes porque nos indican las directrices a seguir, aunque algunas veces puedan chocar con los principios de nuestra profesión.

Si trabajas en prisión sabrás perfectamente donde encontrarlas, pero para estudiantes, opositores y curiosos dejo el enlace del fondo documental de Instituciones Penitenciarias. Si en el desplegable, denominado área que aparece a la derecha de la pantalla, marcas Tratamiento aparecerán aquellas que afectan al equipo multidisciplinar. En el fondo documental también podrás consultar las estadísticas, publicaciones, los trabajos premiados con el Victoria Kent  y la normativa de prisiones.

Instituciones penitenciarias encomienda a los equipos técnicos la ejecución de programas de intervención específicos destinados a favorecer la evolución positiva de las personas institucionalizadas. He encontrado útil hacer la siguiente clasificación en función de las características particulares de sus destinatarios.
  • Colectivos con necesidades especiales: Programas para jóvenes, extranjeros, mujeres, madres, drogodependientes y personas con discapacidad, enfermedad mental o ludopatía.
  • Gente que, por el tipo de delito cometido, presentan un alto riesgo de reincidencia: agresores sexuales,  agresores de género y delitos relacionados con la seguridad vial.
  • Grupos con estilos de vida poco saludables, escasas habilidades sociales, conductas desadaptadas y/o problemas de afectividad y autoestima. El Programa de Régimen Cerrado, la Unidad Terapéutica y Educativa, la Terapia Asistida con Animales, la Resolución Dialogada de Conflictos o los Módulos de Respeto son los programas indicados. 
  • Personas que, dado el momento particular en el que se encuentran, precisan ser objeto de mayor atención. El Programa de Primeros Permisos y el Protocolo de Prevención de Suicidios tiene por objetivos reducir riesgos y mejorar las estrategias de afrontamiento ante estas dos situaciones.
En este enlace podréis profundizar en los programas que os resulten de mayor interés, e incluso descargarlos en PDF. El Programa de Actuación en Sobredosis no se encuentra aún disponible en el vínculo porque es muy reciente, pero está en la Instrucción 10/2014

Estos vínculos resultan imprescindibles para el desempeño profesional y el conocimiento de nuestro sistema penitenciario, pero no sólo de instrucciones y programas vive la trabajadora social.

Concepción Arenal ya advirtió que el hombre nunca sale de prisión como entró, o sale reformado o pervertidoHoy día ya no cabe ninguna duda de que el internamiento tiene efectos sobre la persona y su entorno. Tener conocimiento sobre estas consecuencias de la prisionalización, las peculiaridades de los distintos perfiles delincuenciales y de la evolución del delito me parece indispensable para afrontar intervenciones más eficaces.

Existen tres revistas criminológicas que contienen numerosos artículos sobre lo dicho en el párrafo anterior:

-El Boletín Criminológico publicado por la sección de Málaga del Instituto Andaluz Interuniversitario de Criminología.
-La Revista Española de Investigación Criminológica de la Sociedad Española de Investigación Criminológica.
-La Revista Electrónica de Ciencia Penal y Criminología de la Universidad de Granada. 

Las dos primeras te permiten buscar artículos tanto por temática como por nombre del autor y quizás recojan más artículos provechosos para nuestra profesión. 

Para finalizar, dejo una página Criminología aplicada a la Penología que, aunque no es una revista, también tiene publicaciones interesantes. Es el portal de un grupo de investigadores provenientes de distintas universidades catalanas que se constituyeron con el objetivo de demostrar que existen medidas más efectivas que la prisión para determinados delitos. Me gusta su filosofía, así que difundo.

Hasta pronto. 

martes, 14 de octubre de 2014

Carne o pescado

Todos los días tomamos decisiones, elegimos productos y nos postulamos a favor de tal o cual idea. Podemos afirmar que de forma continua estamos obligados a decantarnos por opciones preestablecidas. Afortunadamente, no todos los dilemas que se nos presentan requieren el mismo nivel de evaluación, de lo contrario, nos pasaríamos la vida, a modo del Hamlet shakespeariano, entre un ser o no ser.

Si vamos a un restaurante y nos ofrecen carne o pescado, creo que a ninguno de nosotros se nos ocurrirá coger papel y lápiz y realizar un análisis pormenorizado de los pros y contras de nuestra potencial decisión. Supongo que todos tenemos ya muy definidos nuestros gustos culinarios, de modo que, la elección del menú no resulta una disyuntiva trascendental en la que tengamos que detenernos demasiado.

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Lo que me parece más preocupante es la tendencia, a mi juicio, reduccionista con la que se tratan otros temas más relevantes. Voy a referirme a dos asuntos que considero claros exponentes de esa simplificación excesiva de lo que es complicado.

Algunas personas, cuando descubren a qué me dedico, me preguntan si estoy a favor de los presos, puesto que una de mis funciones es garantizar la protección de sus derechos. En prisión, las/los trabajadoras/es sociales, como en casi todos los ámbitos, adoptamos distintos roles; en ocasiones predomina el rol de control, en otras el terapéutico y en muchas el rol de ayuda. Realmente, encontrar un contexto puro, es decir, en el que sólo exista control o sólo ayuda es casi imposible pues los roles se superponen y complementan. 

A pesar de esto, el rol de ayuda sigue sin ser entendido. Muchas personas siguen considerando que el hecho de estar preso (por cierto, cuanto más tiempo mejor) debería implicar una penosidad añadida, como si el internamiento no fuese suficiente castigo para restituir a la víctima y a la sociedad. -Cerraba la puerta y tiraba la llave al mar- he llegado a escuchar. Sin embargo, no existe ningún dato que avale que el endurecimiento de la condena, la transgresión de los derechos humanos o el trato degradante influya en el decrecimiento de la delincuencia. Al contrario, como demuestran los modernos sistemas penitenciarios escandinavos. 

Además de la repercusión en el exterior, no hay nada más que echar un vistazo a las estadísticas y/o si se prefiere a los discursos de compañeros más veteranos, para comprobar que desde que existe el Tratamiento Penitenciario los motines y la violencia intrapenitenciaria ha caído en picado. Aún así, seguimos apareciendo ante muchas personas como profesionales que minimizamos el delito cometido por el delincuente sin reparar lo más mínimo en la víctima del daño ocasionado. 

Para que quede claro he de decir que no es cierto. Tenemos muy presente a la víctima así como la alarma social creada y las posibilidades de reinserción del interno. Tan claro como que estamos insertos en un sistema que condena a los presos a penas privativas de libertad pero NO de derechos.

Otro ejemplo de reducción es el sacrificio de Excálibur, el perro de Teresa Romero. Soy una de las personas a las que indignó que lo sacrificaran y además me ha enfadado la sarta de mentiras y sandeces, de nuevo, simplistas, con las que se ha argumentado tal decisión, especialmente, la del periodista Gustavo Vidal Manzanares en su artículo "Estamos ante una probable pandemia...¡que le den por culo al perrito Excálibur!

El propio título del artículo ya plantea un dilema capcioso: como estamos ante una probable pandemia hay que matar al perro. Me parece que no soy muy atrevida si extraigo de esto conclusiones lógicas: si matamos al perro, se evitará una pandemia. Planteado el tema así, no sé si intencionadamente o no (como aquel menú cerrado del principio) pareciera que tan sólo pudieras situarte del lado de la salvación del perro o de la humanidad en su conjunto (o carne o pescado). Vamos, que sentir compasión por un ser vivo y defender los derechos de los animales resulta totalmente contrario a desear la recuperación de Teresa y todos los enfermos de Ébola. 

Asimismo, el autor muestra su extrañeza por el amplio respaldo que ha tenido el apoyo a Excálibur y, lo que él considera, escaso a su dueña. Con respecto a esto, el autor viene a decir que la sociedad sufre un claro deterioro de valores. Pero el periodista omite que quizás la gente se moviliza por causas en las que cree tener cierto grado de éxito. Con la del perro, la gente creyó que cabía lugar para la esperanza y que igual con movilizaciones y firmas change.org, podía cambiar el destino del animal. Por su parte, Teresa ya estaba siendo atendida, concentrarse en la puerta del Hospital Carlos III nada iba a influir en la bajada de carga viral de la auxiliar. Es más, en el momento que entró en acción el Consejero de Sanidad, produjo la indignación de la sociedad en su conjunto y no fueron pocas las voces alzadas en su contra.

Por cierto, echo de menos una segunda parte del artículo de Vidal, en el que opine sobre la decisión del alcalde de Dallas con el perro de una enfermera contagiada. Este nivel de simplificación que infantiliza permanentemente a la población me pone cada vez más enferma. Así que para quienes piensan y actúan de esta forma, unos cortos eslóganes reduccionistas a ver si se comprende mejor:


Internos sí, delincuencia no. 
 Excálibur sí, Teresa también.


martes, 2 de septiembre de 2014

La Junta de Tratamiento, entre bastidores.

Cuando hablo de mi trabajo en prisión me resulta casi imposible no mencionar la Junta de Tratamiento. Hoy propongo un acercamiento a la misma desde la perspectiva de una trabajadora social de prisiones y las dificultades que nos podemos encontrar en ella.

Si necesitas una descripción precisa te aconsejo que acudas al Reglamento Penitenciario, concretamente, a los artículos 272 y 273 que versan de su composición y funciones. Para el tema que nos ocupa basta decir que se trata de un órgano colegiado que tiene entre sus miembros a un educador, un psicólogo, un jurista y un trabajador social. Establecer programas de tratamiento para cada persona interna, proponer la asignación de grado y pronunciarse sobre los beneficios penitenciarios son algunos de sus cometidos. Resumiendo, podemos afirmar que en las Juntas de Tratamiento es donde se cuecen las habas, ahora vamos al tema.

 Normalmente, en cada ámbito donde desempeñamos nuestra labor existen uno o varios profesionales de referencia: en los servicios sociales de atención primaria suele ser el trabajador social; en salud, los médicos; en drogodependencias, el psicólogo; en prisión, generalmente, los juristas.

Esto en las Juntas de Tratamiento se traduce en que, a veces, nuestra opinión es más cuestionada que la de los compañeros juristas. ¿Por qué?

Parte de la culpa, proviene de nuestro propio origen histórico vinculado a la Iglesia, la beneficencia y los movimientos femeninos, lo cual parece que ha creado en la mente colectiva la idea de que el trabajo social tiene que ver con la bondad, el altruismo y la caridad. Ideas que, sin ser negativas en sí mismas, generan otras muy perniciosas: sentimentalismo, falta de profesionalidad o escaso rigor científico. Si a estos prejuicios le sumas el poco conocimiento que existe sobre nuestra profesión, las dudas están servidas.

Otro factor que también creo que influye es la confusión entre subjetividad  y arbitrariedad.
En muchas ocasiones se nos acusa a los trabajadores sociales de emitir juicios de valor desde la subjetividad. Y en otras tantas nos afanamos en desmentirlo. Por mi parte, quiero reivindicar esa subjetividad, somos subjetivos, es más para eso nos pagan, pero de ahí no se puede desprender que las decisiones sean tomadas a la ligera. La valoración que realizamos de una persona está basada en la interpretación técnica que extraemos de la información recabada. Es, precisamente, en esa subjetividad en la que se basa el Tratamiento Penitenciario y el tratamiento individualizado que tan a gala lleva la Secretaría General de IIPP. Si no quedase margen a la interpretación, bastaría con promulgar una ley que cerrase completamente el acceso al beneficio y no contemplase las circunstancias o características de la persona. Lo más gracioso es que esto es defendido especialmente por profesionales que provienen del Derecho, como si éste fuese objetivo: ¿Acaso están siempre los jueces de acuerdo en la emisión de un verdicto? ¿Por qué en muchas ocasiones en las que se recurre a una instancia superior la sentencia cambia? ¿Significará eso que los jueces también son subjetivos en la interpretación de la norma?

Seamos proactivos: ¿Cómo lo podemos solucionar?

En la Junta de Tratamiento es uno de los espacios donde tenemos la posibilidad de argumentar nuestras decisiones, de desplegar los conocimientos de los que nos ha dotado la disciplina y de fundamentar nuestros posicionamientos, basándonos en indicadores y en la realización de un diagnóstico riguroso.
En mi trabajo diario tengo siempre presentes una serie de indicadores que me ayudan a realizar mi labor, a continuación los expongo por si resultan de utilidad:
  • Referentes positivos en su red próxima.
  • Formación y habilidades profesionales.
  • Posibilidades laborales.
  • Fase del consumo tóxicos.
  • Apoyo económico-emocional.
  • Situación administrativa de residencia.
  • Expectativas de futuro. 
  • Percepción de la experiencia carcelaria.
  • Continuidad de factores desencadenantes del delito.
Asimismo, la utilización de indicadores y la elaboración de un diagnóstico va a repercutir positivamente en, al menos, tres direcciones:

-En la responsabilidad para con la sociedad y la población que atendemos, ya que tomar decisiones como la concesión o denegación de un permiso puede tener consecuencias negativas en el interno y/o la comunidad.
-En la ética del trabajo social, evitando que se cree, entre la población penitenciaria, la idea de arbitrariedad en la dotación de beneficios; y, proporcionando la atención, objetividad, respeto y dignidad que, sobra decir, merecen las personas con las que trabajamos.
-En la defensa del trabajo social como disciplina y profesión, ayudándonos a enmarcarnos como profesionales útiles dentro de la organización.

Me despido agradeciendo al Consejo General de T. S. que me haya incluido en la Blogotsfera. Hasta pronto.

domingo, 17 de agosto de 2014

Orange is the new black

Supongo que muchos de vosotros estaréis este mes disfrutando de las vacaciones así que os propongo una entrada fresquita sobre una serie de televisión que me tiene completamente enganchada: Orange is the new black.

Se trata de una serie muy original ya que la televisión no suele tratar el tema de las mujeres en prisión y el lesbianismo con tanta naturalidad. Está basada en un libro autobiográfico, Orange is the new black: My year in a women´s prision, escrito por Piper Kerman, guionista de la serie también.  

La protagonista es Piper Chapman, una chica guapa con negocio propio, alto poder adquisitivo y prometida con Larry Bloom, un chico de su mismo estatus. Podríamos decir que Piper tiene controladas todas las facetas que conducen al éxito, todas, si no fuese por un pequeño error que cometió diez años atrás: dejarse convencer por Alex Vause, su novia en aquel momento, para recoger una valija de dinero proveniente de la droga.

Una década más tarde recibe la citación para ingresar en prisión y su vida perfecta comienza a tambalearse. En esta aventura de Piper, interpretada por Taylor Schiling, la acompañan todo un repertorio de personajes con los que resulta imposible no empatizar. 



Además de entretenida, la serie me parece muy recomendable por distintos motivos, especialmente porque, a diferencia de otras series o películas, no se revuelca en el morbo carcelario y describe de forma realista este micro mundo. En un tono tragicómico explica muy bien fenómenos como la prisionalización. Mediante flash-backs, que tienen lugar en todos los capítulos, vamos conociendo la trayectoria vital de los personajes, las diversas motivaciones que les condujeron al delito y las distintas estrategias de afrontamiento que cada uno va adoptando.

El tema de las necesarias alianzas, el sentimiento de pertenencia a tal o cual grupo, etnia o raza para sobrevivir en prisión también es abordado por Orange. Tres grupos principales: hispanas, negras y blancas son los que sobresalen en la serie. Cada uno de ellos pugna por tener su parcela de poder y, de esa manera, asegurarse mejores condiciones durante el internamiento. La cocina y el economato son, en este caso, la representación de ese poder y, por tanto, el objeto de deseo dichos grupos. 

La heterogeneidad de los perfiles es otro de los rasgos que también muestra bien la serie. Huyendo del maniqueísmo al que nos tiene acostumbrados el cine, donde el protagonista suele ser un hombre injustamente acusado que pasa por un calvario al tener que enfrentarse al resto de pérfidos reclusos, en Orange los personajes son más creíbles, más humanos si se prefiere. Todos han delinquido, han cometido errores, en algunas ocasiones incluso irreparables, pero no dejan de ser personas, más aún, personas con valores. Todos son culpables y, a la vez, víctimas también. 

Paralelamente, la serie hace una crítica al fraudulento sistema penitenciario americano y el abuso de poder presente en el mismo. Un odioso funcionario de prisiones, George "Pornstache" Méndez, y una corrupta Asistente del Director, Natalie Figueroa, irán dificultando la ya complicada de por sí vida de las internas. Nos muestra un sistema semiprivatizado en el que el Tratamiento Penitenciario no tiene cabida y en el que cumplimiento de la condena tiene un carácter meramente punitivo,  de ahí su enorme poder de reinserción.

Si aún no he conseguido engancharte a la serie imagina los diálogos que pueden surgir de personajes como Suzanne "ojos locos" Warren, una presa con importantes problemas mentales, Sophia Burset, una peluquera transexual o Tiffany "Pennsatucky" Doggett, una fanática religiosa.

Por último, una pega: la serie se emite en Canal Plus, aunque supongo que, después del éxito que ha tenido, pronto se dará en abierto. Está también disponible en internet, sin embargo, dado que soy una responsable trabajadora social de prisiones, no seré yo la que te incite a la comisión de un delito. 

Hasta pronto.
Cabezera de Orange is the new black

sábado, 26 de julio de 2014

El síndrome del tiempo congelado.

Se nos suele acusar a los trabajadores sociales de prisiones de perdernos en la burocracia y en los formalismos jurídicos. Probablemente algo de razón lleven esas críticas, pero me propongo a partir de esta entrada desmontar el mito abordando algunas intervenciones que también realizamos al margen de la gestión administrativa y asistencial.

Uno de los aspectos de la reclusión en el que las trabajadoras sociales penitenciarias debemos intervenir en profundidad es en el relativo a la transición cárcel-libertad. Antes de entrar en materia recomiendo la lectura de una investigación realizada por Melina Crespi e Isabel M. Mikulic: Estudio de la reinserción social de liberados condicionales.

En esta publicación, las autoras muestran los principales miedos percibidos por muchas personas internas en prisión al regresar a su ambiente socio-familiar. La situación económica, el desempleo, la carencia de vivienda, la separación de la pareja, las tensiones en las relaciones familiares y el pánico a recaer son algunos de los temores que las autoras describen. Tener en cuenta estas preocupaciones es muy importante porque están íntimamente relacionadas con los factores de riesgo que pueden conducir a la reincidencia, de ahí la necesidad de trabajar esta transición.

No descubro el Bosón de Higgs si afirmo que la adaptación a la libertad tras la reclusión es una situación difícil, de hecho, Instituciones Penitenciarias, consciente de la necesidad de arbitrar mecanismos que contribuyesen a la preparación para la vida en libertad, estableció los permisos de salida. Éstos, al igual que el régimen de semilibertad (tercer grado penitenciario), representan un importante papel en la reducción del impacto y en la paulatina adaptación a su ambiente de procedencia, pero por sí solos los permisos resultan insuficientes.

Fuente: http://es.forwallpaper.com/wallpaper/frozen-time-16696.html
Uno de los fenómenos que se producen con la vuelta a casa es lo que los expertos han denominado en situación de tiempo congelado. Se produce cuando las expectativas del interno o de su familia no se ajustan a la realidad, originando un conflicto entre sus miembros, provocando una tensión en las relaciones familiares y pudiendo ocasionar, incluso, la propia ruptura del vínculo.

El interno espera el primer permiso con ansias; probablemente, su madre o esposa le ha prometido cocinar su plato favorito, ha planeado ir a la playa o, simplemente, esa noche podrá hacer el amor sin un funcionario tras la puerta. La familia estará dispuesta a recibirlo entre algodones, prestarle toda la atención necesaria y atender cualquier requerimiento. Ese día el interno es el rey.

Normalmente, si la evolución se observa favorable, tras este primer permiso vienen otros, después el tercer grado y, por último, la libertad condicional. La presencia del interno en casa ya no es un hecho esporádico, por lo que ese nivel de atención de la familia para con el interno ya no se da con tanta intensidad. Quizás ya no se le permita que elija siempre el canal de televisión, igual sus familiares tienen planes distintos a los suyos o esa noche no vengan sus amigos a visitarlo.

Del mismo modo, cuando el interno entró en prisión sus familiares siguieron viviendo, afrontando las deudas en solitario y solventando los problemas de la vida cotidiana. La familia ya no es la misma, el mundo no se paró y el tiempo no se congeló. Hacer consciente a ambas partes de que este es un proceso muy habitual, trabajar en el entendimiento de los sentimientos del otro y abordar la adquisición de estrategias para la solución de conflictos se convierte, desde la concesión del primer permiso, en una intervención necesaria a la que las trabajadoras sociales de prisiones prestamos especial atención.

Ésta y otras intervenciones son las que constituyen la razón de ser del trabajo social penitenciario y las que contribuyen al mandato constitucional referido a la reinserción social de presos y ex-reclusos.

martes, 15 de julio de 2014

Los delincuentes también pueden ser dependientes.

La promulgación a mansalva de leyes antisociales que está llevando a cabo el Gobierno es, como todos sabemos, un tema muy preocupante. Asimismo, existen otras situaciones que se están produciendo que me parece que tienen la misma relevancia pero reparamos menos en sus consecuencias. Me refiero a la asunción por parte de empleados públicos o no de órdenes o directrices provenientes de la administración en general o de nuestro jefe inmediato en particular, que no están contempladas en ninguna normativa o incluso pudieran resultar contrarias a la misma. Si lo primero supone una agresión al Estado de Bienestar, lo segundo implica un atentado a nuestro propio Estado de Derecho. 

Hace algunos meses se me presentó un caso de un interno que tenía serias dificultades para desenvolverse solo en las actividades básicas de la vida diaria, era mayor de sesenta y cinco años, no disponía de domicilio y en fechas próximas finalizaba su condena. Organizar la salida de esta persona para que pudiera disponer de unas mínimas condiciones humanas era el principal objetivo a conseguir.

En un principio, intenté implicar a la familia en el caso, lo cual resultó imposible (y en cierto modo comprensible) dado que el delito por el que cumplía condena el interno se produjo en el seno de la misma. Ningún miembro de dicha familia estaba dispuesto a perdonarlo, mucho menos a colaborar en la adaptación de su vida en libertad. Descartada la opción de ser atendido en su propio medio pensé en el apoyo institucional y de ahí la necesidad de solicitar una valoración de dependencia con la intención de gestionar después el ingreso en residencia.

Fuente: www.eldiario.es
Tras el envío de la solicitud a la Delegación Provincial se esperó el plazo correspondiente sin recibir contestación alguna. Llamé a la Delegación y me respondieron que no iban a valorar a una persona que estaba en prisión porque se supone que en esta institución ya cuentan con los medios necesarios ¡Toma, y en una residencia también y no por ello se deja de valorar a una persona que pueda encontrarse en situación de dependencia!

Ante la negativa de la Delegación nos encontrábamos con un problema grave: dejábamos en la calle a una persona presumiblemente dependiente, sin hogar, sin apoyo familiar y con escasos recursos económicos. Cuando pensamos en una persona en situación de dependencia creo que a casi todos se nos viene a la mente un adorable anciano de pelo blanco con una profunda ternura en la mirada, pero no. No todos los dependientes tienen el mismo perfil, también hay dependientes delincuentes o dependientes que han pasado su vida autónoma amargando la existencia a las personas de su alrededor.

La Ley de Dependencia supuso un importante avance para los Servicios Sociales porque implicaba el establecimiento de un derecho subjetivo; si se cumplen una serie de requisitos se garantizan una serie de atenciones tendentes a la promoción de la autonomía y la atención a la dependencia que a esta persona, por el hecho de haber cometido un delito en el pasado, se le estaba negando. Nos guste o no la ley ha de ser aplicada a todos los ciudadanos por igual de lo contrario se estaría actuando con una discrecionalidad que podría sentar un peligroso precedente. Lo próximo podría resultar la obligación de demostrar una trayectoria intachable para ser objeto de atención, pero bueno no demos ideas.

El interno rehusó emprender acciones legales o a elevar una queja al Defensor del Pueblo, supongo que por miedo a represalias o por el descreimiento en las instituciones. Finalmente, tuvimos que recurrir a los Servicios Sociales Comunitarios de su población, los cuales, aunque reacios en un principio por la alarma social que este hombre despertaba en la localidad, accedieron a tramitar varias ayudas de emergencia social y unas pocas horas de ayuda a domicilio hasta finalmente ser valorado por Dependencia. Unos innecesarios miles de euros después, esta persona se encuentra por fin en una residencia pero la práctica de no valorar en las prisiones continúa, al menos en mi provincia. Supongo que en esto de los más desfavorecidos también hay clases. 

miércoles, 2 de julio de 2014

Un día como los demás.

Vivo a muchos kilómetros de mi lugar de trabajo y soy un poco lenta en arreglarme, razones por las que suelo levantarme temprano en un intento fallido por llegar pronto y así poder salir a una hora decente para el almuerzo.

Lo primero que hago al llegar es desayunar. No hay nada mejor que un café y un poco de tertulia sobre las últimas novedades gubernamentales para activarse o ponerse de mala follá.

Una vez recargadas las pilas me voy a mi despacho que está en el interior, denominamos así a las estancias donde se ubican los módulos de los internos y unas cuantas dependencias más para diferenciarlas de la parte de oficinas que se sitúan, por tanto, en el exterior. El despacho lo comparto con tres compañeros más, dos educadores y una trabajadora social. En el anterior despacho estábamos nueve personas por lo que ahora mismo me parece que estoy viviendo un sueño; era muy difícil hacer una simple llamada telefónica o centrarse en un informe.

Casi todos los días sigo el mismo ritual: realizo las gestiones pendientes, veo los asuntos que tengo que tratar en el Equipo Técnico y la Junta de Tratamiento y me organizo la agenda. Luego me voy a los módulos, recorriendo los largos pasillos que conducen a los mismos. Dicen que cuando se conoce el camino el trayecto parece más corto que cuando lo recorres por primera vez, pero yo los sigo viendo muy largos. Una vez frente al módulo, llamo al timbre y espero a que el funcionario me abra la puerta:

-Buenos días, ¿qué tal va todo?
-Hola, bien, ¿a quién vas a ver hoy?

Ojeo el libro de citas, le entrego un listado y comienzo con las entrevistas. Todos los días igual. Yo estaba aquel día con el piloto automático puesto: hacer tres clasificaciones, cuatro revisiones de grado, mirar los permisos no habituales y atender las demandas del módulo. Estaba terminando casi a tiempo de irme a la reunión del Equipo Técnico pero alguien pidió hablar conmigo a pesar de no estar inscrito en el libro.
http: cvc.cervantes.es

-Buenos días ¿Puede usted atenderme?
-Buenos días, no le conozco. ¿Es usted nuevo?
-Llevo en el módulo una semana. Sé que no estoy apuntado pero me gustaría tratar un tema.

Era un hombre de unos cuarenta y pico largos, muy delgado, con tatuajes, piel oscura, media melena y un claro deterioro de drogas y calle. Imaginé lo que querría: seguro que no tenía familiares que pudieran apoyarlo desde fuera, necesitaría ropa y en vestuario no habrían escuchado sus peticiones, o quizás estaba cobrando un subsidio por excarcelación y querría seguir percibiéndolo en prisión.

-Normalmente atiendo con cita previa pero dado que usted es nuevo... siéntese. ¿Cómo se llama?
(Me respondió diciéndome sólo el apellido, que es como se suele nombrar a los internos en la prisión).
-¿Y el nombre? (No me gusta llamar a la gente por el apellido, pareciera que la identidad se redujese a la procedencia de tal o cual familia)
-José.
-Dígame José, ¿cómo lleva el ingreso?
-Bien, no es la primera vez que entro. Ya he estado varias veces en la cárcel: Algeciras, Albolote y aquí, aquí también he estado. Sé como va esto.
-Lo he supuesto al estar usted en un módulo de reincidentes.
-Mi problema son las drogas, tengo el bicho (SIDA) y cobro una pensión por minusvalía. No tengo familia y vivo en una casa vieja que era de mis padres (ubicada en un barrio con altos niveles delincuenciales). Aquí siempre me repongo pero en la calle vuelvo a caer.

Resumió su situación sin pudor alguno, supongo que de tanto repetirla, casi mejor que un opositor en un supuesto práctico.

-El tema es que me gusta colaborar con una asociación que ayuda a los niños pobres. Cuando estoy en la calle, las drogas me ciegan y dejo de pagarla porque me lo gasto todo en revuelto (mezcla de heroína y cocaína) pero el otro día vi en la tele a unos pobres negrillos llenos de moscas y mocos y quisiera volver a pagarla. No recuerdo cómo lo hice la primera vez y no sé a quién acudir.

Supongo que tardé en reaccionar porque de nuevo me espetó:

-¿Me puede usted ayudar?

En los trámites que realicé no me voy a detener porque fueron unas simples gestiones a través del ordenador. Tan sólo una breve reflexión para terminar. Cuando terminé la entrevista le pedí al funcionario que me abriese de nuevo la puerta, ya llegaba tarde a la reunión de Equipo pero igualmente me encendí un cigarro y, recorriendo de nuevo esos ya no tan largos pasillos, pensé en dos cosas que había aprendido aquel día: yo tampoco estoy libre de prejuicios y todo el mundo puede dar lecciones de vida, incluso un interno prisionalizado y enfermo a una estupenda trabajadora social.

Hasta pronto.

Víctor Manuel "Soy un corazón tendido al sol"

sábado, 21 de junio de 2014

La entrada en prisión.

Hoy voy a hablar de la entrevista de ingresos y la separación interior, entrada que ya prometí hace varias semanas y que he estado posponiendo en favor de otras temáticas de actualidad penitenciaria que han ido surgiendo.

Lo primero que quiero advertir es que en prisión cualquier trámite está muy protocolizado. Intentaré huir de excesivos formalismos pero es imposible tratar ciertas cuestiones si no explico, aunque sea de una manera sucinta, algunos procedimientos.

Cuando una persona ingresa en la cárcel, el primer destino será el módulo de ingresos. En este módulo, con carácter general y sin reparar en casos específicos puesto que sería imposible de abarcar en una única entrada, se procederá a la identificación dactilar, alfabética (toma de datos personales) y fotográfica. La Oficina de Régimen abrirá un expediente al interno, la Unidad de Ingresos realizará un cacheo para retirar los objetos no autorizados y el Servicio Médico dispondrá de 24 horas para examinar a la persona que acaba de entrar.

Si el interno está en situación preventiva, es decir, a la espera de juicio, será entrevistado en el plazo de cinco días por el trabajador social y el educador; si, por el contrario, está penado, además de por los profesionales anteriores también será entrevistado por el psicólogo y el jurista. Estas primeras entrevistas de ingreso cumplen distintos objetivos. Los referentes a los trabajadores sociales son, a mi juicio, los que siguen:

- Hacer que el interno aprenda a sobrellevar esta experiencia y detectar el riesgo de suicidio son dos cuestiones a las que debemos prestar especial atención. Aquí los trabajadores sociales adoptamos un rol de acompañamiento en el proceso, sirviendo de enlace con el exterior, informando del funcionamiento de la prisión y asesorando a los familiares.

Una persona que acaba de entrar en prisión puede estar experimentando distintos sentimientos en función de su situación procesal, del momento de su trayectoria vital, de su propia personalidad y capacidad de afrontar situaciones, de posibles adicciones a drogas y, en definitiva, del largo etcétera de condicionantes que pueden influir en el estado anímico de los individuos. Habitualmente, no entra igual un primario que un reincidente, una persona que va cumplir una estancia corta que alguien que va a pasar una larga temporada a la sombra, un interno que acepta el delito que otro que cree que ha sido acusado injustamente, por poner tan sólo unos pocos ejemplos. Es frecuente que aparezcan sentimientos de ansiedad, miedo, soledad, desamparo y desconfianza ante un medio preconcebido como amenazante y hostil y que implica, además, una ruptura con su medio social y familiar.

-Otra de las funciones que cumplen estas primeras entrevistas es la separación interior. A veces, cuando hablamos de internos tendemos a la generalización, sin embargo, aunque en prisión predomina un determinado perfil caracterizado por provenir de ambientes marginales, existencia de consumo de tóxicos y dinámicas familiares disfuncionales, también nos encontramos con personas muy dispares que son lo más parecido a tu vecino del segundo o al panadero de la esquina. De modo que incluir en el mismo módulo a un chico de 18 años y a un adulto familiarizado con la subcultura penitenciaria puede resultar de los más inapropiado. Algunas de las características que tomamos en consideración para proponer uno u otro módulo son la edad, el tipo de delito y la alarma social creada, su condición de primario o no, la salud, la religión (objeto de otra entrada), el sexo y la identidad sexual.

Ya en la primera entrada de presentación comenté que uno de los módulos en los que trabajo es de preventivos-reincidentes; el otro módulo en el que trabajo es un módulo de jóvenes, es decir, compuesto por internos de 18 a 21 años, pudiendo llegar excepcionalmente hasta los 24 años. Intervenir en uno u otro módulo exige estrategias muy distintas que van desde la utilización del lenguaje hasta la demarcación de objetivos más o menos ambiciosos. Por tanto, esta separación interior también nos ayuda a la implementación de programas específicos en función de las carencias que se presenten.

- El tercer cometido de la entrevista de ingresos es recabar información para elaborar el MII (Modelo Individualizado de Intervención) o el PIT (Programa Individualizado de Tratamiento), dos modelos en los que se plasman las necesidades, los objetivos, la temporalización y la evaluación. El MII está indicado para preventivos y el PIT para penados. Esta distinción tiene su lógica: el PIT es la estrategia que nos marcamos con el penado, es decir, el tratamiento penitenciario. El interno ha sido condenado por cometer un delito, una conducta antisocial que ha de ser objeto de intervención. En el caso de los internos preventivos, existen profesionales que piensan que no deben ser sujetos de intervención ya que aún no hay una sentencia firme y, por tanto, si intervenimos estaríamos vulnerando la presunción de inocencia, de ahí que la Secretaría General creara el MII.

En  la práctica se interviene con los internos preventivos, aunque no podamos hablar de tratamiento propiamente dicho. Yo considero que el mero hecho de producirse un internamiento ya provoca suficientes efectos adversos en la persona (resulte tras el juicio inocente o no) como para contemplar una intervención, quizás no para buscar la reinserción, pero sí para mitigar en la medida de lo posible las consecuencias del encarcelamiento.

En mi opinión, consensuar con el interno las actividades a realizar ayuda a la implicación del mismo en su propia reeducación. Aquí voy a hacer un paréntesis: a menudo me oirás hablar de reeducación y reinserción social. Quiero advertir que, aunque no estoy muy de acuerdo con esta terminología para referirme a la consecución de una vida sin delinquir, la empleo porque es la habitual en las prisiones. La razón por la que no comparto estos términos es que en algunos casos no se puede conseguir reinsertar,  ni reeducar, ni tan siquiera resocializar porque implicaría asumir que en algún momento la persona ha estado insertada, educada o socializada, sin embargo, algunos internos nunca han contado con las condiciones estructurales y/o familiares que propiciaran una adaptación normal al medio.

Para finalizar, quisiera llamar la atención sobre la diversidad de las personas recluidas. Evidentemente todas tiene un factor en común: la comisión del delito; pero, las distintas experiencias personales, capacidades y actitudes exigen de un tratamiento individualizado que se adapte a las circunstancias personales de cada cual.

Tengo que reconocer que soy un poco obsesiva. Cuando me gusta una canción la escucho hasta quemarla. Os dejo con mi última víctima. Hasta pronto.




miércoles, 4 de junio de 2014

Elecciones en prisión.

¿Pueden votar los internos? ¿Cómo son las elecciones en una prisión? ¿Se celebran mítines? ¿Hay colegios electorales en los que depositar el voto? Si alguna vez te has hecho estas preguntas, creo que la entrada te puede interesar.

Pasados varios días de las Europeas, hemos podido conocer los análisis de los resultados que se realizan en los medios de comunicación. En este tema no me voy a extender porque creo que no te voy a aportar nada que no hayas escuchado o leído antes por ahí, tan sólo me congratulo del no escaño de VOX por ser una forma de desmarcarnos de la tendencia ultraderechista de algunos países europeos.

Dicho esto y entrando ya en materia, lo primero que quiero aclarar es que desde 1995 las personas reclusas en prisión pueden votar sin excepción, es decir, tienen derecho a sufragio activo. No sucede lo mismo con el sufragio pasivo que sí se puede limitar por resolución judicial.  El procedimiento para votar es el que sigue:
  1. En los centros penitenciarios se realiza una campaña informativa sobre cómo votar. 
  2. Después el interno solicita poder ejercer el derecho al voto. Para ello, el Centro se coordinará con la Oficina de Correos, que enviará un funcionario con formularios de inscripción o modificación en el censo. 
  3. Finalmente, la Oficina del Censo Electoral mandará papeletas y sobres de los partidos políticos a todos los solicitantes de la prisión. El funcionario de correos recogerá los votos y los hará llegar el día de las elecciones a la mesa correspondiente. 
Como ves, el procedimiento es sencillo; a pesar de ello en mi prisión han ejercido el derecho al voto menos del 5% de la población penitenciaria con nacionalidad española o lo que es lo mismo, ha habido un 95% de abstención. Por desgracia, es habitual que las personas que se encuentran en prisión no voten, parece ser que en rara ocasión se ha superado el 10% de participación. Los motivos deben de ser múltiples y variados, por mi parte os voy a dejar algunos que sospecho inciden en dicha abstención. 

Creo que la personas reclusas perciben el internamiento en prisión como una condena al ostracismo, como si se legislara para la gente que se encuentran en libertad pero no para ellos que, temporalmente (no nos olvidemos), están apartados de la sociedad. Nada más lejos de la realidad, tan sólo hay que echar un vistazo a la reforma del Código Penal que prepara Gallardón y de la que ya hablé en la anterior entrada,  por poner un ejemplo.

Puede parecer que estoy cargando las tintas contra una población con circunstancias ya de por sí adversas, que no entiende la importancia de ser elector y que se automargina no ejerciendo este derecho, pero no es así. Sin quitarles la parte de responsabilidad que tienen ya que algunos, bien por dejadez, bien por opción personal, tampoco votan cuando están en la calle, considero parte del problema a los partidos políticos que huyen de abordar la delincuencia y el régimen penitenciario para otra cosa que no sea el endurecimiento de las condenas, como si esto garantizara un descenso en la criminalidad.

Al final, es la pescadilla que se muerde la cola: si el interno no vota, las medidas de reinserción penitenciaria no entrarán nunca en la agenda de los políticos, pero es que ellos tampoco se preocupan de realizar una labor pedagógica que motive a votar a la población reclusa y, sobre todo, que muestre a la ciudadanía que la lucha contra la delincuencia no ha de pasar necesariamente por un mayor tiempo de condena.

Echo de menos que en los programas electorales se contemple una apuesta valiente por reducir el número de personas que ingresan en prisión a través de medidas preventivas, actuando desde los colegios y los barrios que presenten mayores niveles delincuenciales y medidas reinsertadoras, que eliminen la verdadera motivación que llevó a la comisión del delito. Parece claro que el político no quiere entrar en prisión ni de visita.

Sería ingenuo pensar que con programas exclusivamente reinsertadores acabaríamos con la delincuencia ya que esta problemática esconde un amplia gama de causalidades que influyen en la comisión del acto delictivo pero también es cierto que existen ciertos perfiles de internos a los que igual podríamos ahorrar esta experiencia, por su propio beneficio y por el de la sociedad.

Por último, los profesionales de tratamiento en general y los trabajadores sociales en particular también hemos de asumir la parte de responsabilidad que nos toca; hasta ahora yo no me había percatado de la alta abstención penitenciaria. Para las próximas elecciones intentaré motivar a los internos a ejercer su derecho al voto como mecanismo de reclamación de derechos y de participación activa en una sociedad que también es la suya.

Hasta la próxima entrada.

jueves, 22 de mayo de 2014

El decimonónico nuevo Código Penal

Hace años tenía un profesor de derecho que le daba por repetir hasta la extenuación que la legislación era la forma de ordenar la vida en sociedad y, por eso mismo, tenía que adaptase a los cambios que se daban en la ciudadanía. No sé qué pensaría en la actualidad aquel viejo profesor de Universidad cuando advirtiera que los ordenamientos jurídicos son ahora los que nos toman la delantera, apareciendo nuevas leyes antes de crearse la necesidad e incluso sin llegar nunca a tener forma de tal. Esta es la reflexión que me surge al hilo de leer el Proyecto de Ley por el que se modifica la Ley Orgánica 10/1995 del Código Penal y que, probablemente, nos encontremos encima de la mesa tras las Europeas.

Antes de nacer ya ha recibido numerosas críticas. Expertos como José Luis Ripollés, Mercedes García Arán o Ignacio Moñagorri Laguía (noticia de El País) ya advirtieron en el Parlamento lo desproporcionado de la norma, llegando algunos de estos juristas a denunciar un déficit de legalidad constitucional y posibles vicios de anulabilidad. Por su parte, la Confederación FEAFES ha creado una iniciativa de firmas en Change.org en la que te puedes sumar a los diez motivos por los que se oponen a la reforma del Gobierno y que resulta especialmente estigmatizante para el colectivo de personas con enfermedad mental. También, asociaciones y entidades como Asociación de Directoras y Gerentes de Servicios Sociales, FEAFES-Andalucía, Asociación Española de Neuropsiquiatría y CERMI, entre otras, han suscrito un manifiesto oponiéndose igualmente a dicho Código.

Como ves, el Proyecto está trayendo cola. Los principales debates han girado en torno a:

1. Las medidas de seguridad.

Las medidas de seguridad no son nada nuevo, ya en la anterior reforma de 2010 fueron contempladas pero tan sólo para determinados delitos: terrorismo y algunos contra la integridad sexual. Entonces se justificó en la necesidad de proteger a la victima. Con la nueva reforma se amplía a gran número de delitos, algunos de ellos sin víctima directa.  Las medidas de seguridad pueden ser:
  • Privativas de libertad: Internamiento en centro psiquiátrico, centro de educación especial o en centro de deshabituación.
  • No privativas de libertad: Libertad vigilada, prohibición de actividad profesional y expulsión de territorio español.
El problema aquí recae especialmente sobre la población con trastorno mental o discapacidad intelectual. Si una persona es declarada inimputable por encontrarse en el momento de la comisión del delito exento de responsabilidad criminal el juez, en lugar de hacer cumplir condena, podrá acordar una medida de seguridad consistente en internamiento en centro psiquiátrico, el problema es que estas medidas pueden ser prorrogables por periodos de cinco años de manera indefinida, es decir, que el internamiento de una persona en un centro psiquiátrico podrá ser mayor que el de una persona que hubiese cumplido la pena en un centro ordinario. Aquí, como vemos, el perjuicio a una persona con enfermedad mental o discapacidad intelectual resultaría mayor que el del que podríamos denominar como sano.

Esto, además, es justificado en el Código Penal en base a una supuesta peligrosidad y una mayor capacidad de cometer un nuevo delito de la persona enferma. Antes de entrar en vigor el texto será necesario que el Gobierno comience a contemplar una partida presupuestaria de bolas de cristal porque no existe ningún mecanismo fidedigno que evalúe la comisión potencial de un delito y, aunque existiese, el Derecho se sustenta en hechos probados, no en suposiciones. ¿No resulta un tanto macabro?

2.Prisión Permanente Revisable.

Se trata de una pena de prisión de duración indeterminada que el Código Penal reserva para lo que denomina supuestos de especial gravedad: asesinatos especialmente graves, homicidio de Jefe de Estado español o heredero, Jefe de Estado extranjero y supuestos más graves de genocidio o lesa humanidad. La revisión tendrá lugar cuando se haya cumplido un periodo en prisión de entre 25 y 35 años; de estimarse favorable que la persona siga en cumplimiento, se volverá a revisar al año a instancia del interno y a los dos años a instancia del Juzgado.

A mí me parece lo más parecido a una cadena perpetua. Por increíble que parezca, Gallardón sostiene que las modificaciones en el texto van encaminadas a un Derecho Penal Humanista y que la pretensión es posibilitar una reeducación y reinserción social más efectiva. ¿Qué quiere decir con esto? Yo no lo sé, lo que sí sé es que falta a toda garantía jurídica ya que una persona sabrá cuándo va a entrar en la cárcel pero no cuándo va a salir, lo que previsiblemente hará aumentar la ansiedad que provoca el internamiento, especialmente en las fechas cercanas a la revisión. Esto me parece además una falta de confianza en los Equipos Técnicos de las prisiones ya que el tiempo de condena es más que suficiente para la consecución de los fines para los que fuimos creados.

Aunque estos han sido los dos temas más polémicos del Código, creo necesario mencionar también el endurecimiento de las condenas para reincidentes, para los delitos de orden público y atentado a la autoridad. Todo ello, a pesar del descenso en la comisión de delitos en relación a la población en el periodo 2008-2012. 


Finalizando, no me parece muy atrevido advertir que el Nuevo Código hará aumentar la población penitenciaria a través del mayor tiempo de condena en prisión, sin que exista prueba alguna de que con ello se va a reducir la delincuencia. Me parece una nueva forma de criminalizar a la ciudadanía, a la vez que una manera de hacer menos eficaz el sistema penitenciario español. Ya algunos expertos han vaticinado que este Código hará aumentar el coste medio de un interno de 65 a 100 euros. Aunque, por otra parte, quizás sea ese el objetivo final: bajo la excusa de la falta de eficiencia del medio penitenciario, privatizarlo o, como está ahora más de moda, externalizarlo. 

Me despido con una frase que leí el otro día de Thomas Jefferson: Cuando los gobiernos temen a la gente, hay libertad, cuando la gente teme al Gobierno, hay tiranía.

miércoles, 7 de mayo de 2014

Libre ejercicio en trabajo social sí, fraudes no.

La entrada de hoy iba a estar dedicada al procedimiento de ingreso en prisión pero he preferido posponerla para tratar un tema referido a la imagen que figura debajo. 

El nombre y los datos de contacto han sido borrados.

Hace unos días, al terminar el trabajo y dirigirme al aparcamiento, encontré en el limpiaparabrisas esta tarjeta de visita. Mi primera reacción fue mirar a ambos lados, no sé si en un intento fallido por encontrar a su propietario o porque pensaba que estaba siendo víctima de una broma pesada, quizás por ambos motivos. A continuación, guardé la tarjeta, subí a mi coche y durante todo el trayecto no dejé de pensar en el asunto. ¿A qué podría dedicarse este trabajador social?, ¿En qué consistirían realmente los servicios que prestaba?, ¿Qué cobraría por ellos? Después de reflexionar sobre esta cuestión he llegado a una serie de conclusiones que voy a compartir con vosotros. 

La mayoría de trámites que se realizan prisión son de oficio. Esto implica que la celeridad de los procedimientos penitenciarios no dependa de un avezado abogado o un eficiente asesor. Un ejemplo de ello es la libertad condicional que se estudia a los dos tercios y/o los tres cuartos del cómputo total de condena. Antes de esos plazos temporales, a menos que te estés muriendo, no te pondrá en libertad condicional ni el propio Ángel Yuste bajado de los cielos. Previamente, se tendrá que estar en tercer grado de tratamiento penitenciario (un régimen de semilibertad) y observarse favorable por la Junta de Tratamiento, siendo la resolución final emitida por Instituciones penitenciarias o por el Juez de Vigilancia Penitenciaria correspondiente. Sinceramente, no encuentro en qué momento de todo este proceso tiene capacidad de influir un trabajador social ajeno a la institución puesto que sólo los trabajadores sociales de la Junta de Tratamiento, conjuntamente con el resto de profesionales que la componen, tienen voz y voto en la misma. 

Si pensamos ahora en la solicitud de un permiso, que sí se realiza a instancia de parte, tan sólo se podrá estudiar una vez cumplido el cuarto de la condena para la mayoría de delitos y encontrarse el interno en, al menos, segundo grado de tratamiento penitenciario (régimen ordinario). A lo largo de ese periodo temporal habremos mantenido con el interno varias entrevistas y no te quepa la menor duda de que sabrá perfectamente pedir un permiso a la Junta de Tratamiento. El trámite es tan sencillo como poner en una instancia "quiero salir de permiso", con ello se activarán los mecanismos para realizar la valoración y la propuesta. 

El resto de servicios que oferta este trabajador social tienen características semejantes a la libertad condicional y la solicitud de permisos pero, con el ánimo de no extenderme en exceso, se tratarán en entradas posteriores. Resumiendo, lo que está ofreciendo esta persona es 90 horas de ayuda a domicilio con un grado I de Dependencia, ya que esa falaz promesa de "salir de la cárcel" no deja de ser nada más que una publicidad engañosa con la que aprovecharse de los más vulnerables, creándoles, a modo de charlatanes de feria, falsas expectativas a una población que, normalmente, ya ha sido sobradamente machacada por sus circunstancias vitales.


No me gustaría que de esta entrada se desprendiera que estoy en desacuerdo con el Trabajo Social Corporativo, muy al contrario. De hecho, existen empresas como la de Ana Hernández, Firma Quattro, que lleva desarrollando dignamente su labor desde 1984. Por cierto, si deseas saber más sobre Trabajo Social Corporativo, te invito a que visites el blog de la compañera Almudena Díaz Requena. Me parece que la buena praxis ha de estar presente tanto en lo público como en lo privado, es la única manera de respetar la profesión y a nosotros mismos. 


Por último, tengo que subrayar que la función de un trabajador social en prisión está muy lejos de conseguir permisos, libertades condicionales y terceros grados. Nuestro objetivo final es la reeducación y reinserción social y para conseguirlo, o al menos intentarlo, no sólo a veces son poco recomendables los beneficios penitenciarios sino que pueden ir en detrimento de dichos objetivos.