martes, 11 de noviembre de 2014

Matas, casi igual ante la ley.

Hace unos años Jaume Matas fue juzgado por la Audiencia Provincial de Palma por delitos relacionados con la corrupción, concretamente fraude a la Administración, falsedad documental, malversación, prevaricación y tráfico de influencias. Esta Audiencia lo condenó a seis años de prisión, pero Matas recurrió al Supremo y la cosa se quedó en nueve simples meses.

El 28 de julio, el ex ministro y ex presidente balear decidió ingresar en la prisión de Segovia para, tan sólo tres meses después, ser puesto en régimen de semilibertad. Muchos han sido desde entonces los comentarios que han girado en torno a la noticia, especialmente cuando se tuvo conocimiento de dos datos:
  • La decisión de aplicarle el tercer grado penitenciario había sido tomada por la Secretaría General de Instituciones Penitenciarias, desoyendo la propuesta mayoritaria de la Junta de Tratamiento de la prisión segoviana.
  • Los cinco votos que recomendaban el segundo grado provenían del psicólogo, trabajador social, educador, jurista y jefe de servicio; los tres votos que recomendaban el tercero fueron emitidos por los denominados cargos políticos. 
Desde el Gobierno se han afanado en defender la legitimidad de la decisión y en esto llevan razón. El Reglamento Penitenciario es claro al respecto: su artículo 31.1 establece que corresponde a la Secretaría General de Instituciones Penitenciarias la asignación de grado y destino, por lo que, evidentemente, la decisión se ajusta a derecho. Lo que no me parece de recibo es que, con el ánimo de justificar la determinación adoptada, se hayan emitido opiniones que desacrediten a los miembros de la Junta que votaron en otro sentido.

La pasada semana el Secretario General de Instituciones Penitenciarias, Ángel Yuste, afirmaba ante los medios de comunicación que los miembros de la Junta no discreparon por cuestiones criminológicas, delictivas o sociofamiliares, sino por la notoriedad pública de Jaume Matas.

De estas palabras parece desprenderse que los miembros de la Junta no entraron en más valoraciones que la fama del personaje. Para quienes desconozcan el funcionamiento de las prisiones quiero señalar que esa notoriedad pública tiene repercusión directa en la alarma social creada, uno de los factores que, justamente, desde Instituciones Penitenciarias se nos encomienda considerar en la emisión del voto, máxime tratándose de personas con responsabilidad pública.

En las mismas declaraciones, Yuste opinó que Matas tenía unas circunstancias muy favorables; aludió a que nunca había estado en prisión, a la posibilidad laboral, a su buena conducta y al ingreso voluntario. Desde mi modesta opinión como trabajadora social de prisiones, voy a realizar una valoración de esas circunstancias que el responsable de prisiones observa tan favorables.

Estos factores que, sin duda son positivos, no se aplican al interno de manera directa sino que deben ser interpretados por los profesionales de prisiones, de lo contrario bastaría con pasar un simple cuestionario para acceder a los beneficios penitenciarios. Me explico.

Matas no ha estado nunca en prisión: Es verdad que la condición de primario ha de ser tenida en cuenta, pero no es menos cierto que todos los internos, incluso los más prisionalizados, han tenido su primera vez. Esa condición de primariedad pierde peso en el momento que se tiene conocimiento de la existencia de causas pendientes, situación en la que se encuentra Jaume Matas ya que sigue imputado en varias piezas del caso Palma Arena.

La posibilidad laboral: El hecho de tener oferta laboral en el exterior de la prisión es un factor de protección para muchos internos, sobre todo para aquellos que delinquieron por estar en desempleo, tener deudas o encontrarse en un estado de pobreza extrema. En esos casos la motivación al delito fue la falta de recursos para cubrir necesidades. Sin embargo, Matas tenía un trabajo altamente remunerado cuando cometió el hecho delictivo. Su motivación no fue la precariedad económica y, por tanto, el hecho de contar con oferta laboral no disminuye la posibilidad de reincidencia.

Su buena conducta: Los delincuentes acusados por este tipo de delitos no suelen dar problemas en prisión. Primero, porque son destinados a módulos poco conflictivos, segundo, porque no están machacados por drogas, calle y enfermedad. Matas reúne el perfil de aquellos a los que denominamos buen preso, mal ciudadano. A riesgo de herir sensibilidades, los internos acusados de pederastia tampoco suelen ser violentos y se adaptan muy bien a la vida penitenciaria, pero no por ello se les suelta a los cuatro días.

Ingresó de manera voluntaria: Al principio de esta entrada comentaba que Matas fue primero juzgado por la Audiencia y después, tras recurrir la sentencia, en el Supremo. Entre un procedimiento y otro es frecuente que se declare la prisión provisional, hecho que en el proceso del político no sucedió porque el fiscal estimó que no existía riesgo de fuga. De esta manera, Matas pudo eludir ingresar en prisión durante un tiempo, elegir el momento de su entrada e incluso valorar en qué cárcel resultaba más cómodo cumplir.

Muchos internos no tienen esa posibilidad, ya sea porque no pueden afrontar la fianza, ya sea porque no se les permita judicialmente, por lo que convertir lo que ha sido un beneficio para el condenado en un factor de protección, me parece, cuanto menos, un atrevimiento.

Actualmente, la justicia aún tiene algo que decir. Fiscalía ha recurrido la decisión de la Secretaría General y el Juzgado de Vigilancia Penitenciaria tendrá que decidir. Veremos qué pasa.

Con la intención de haber sembrado dudas, si es que ya no las teníais, me despido no sin antes mandar un fuerte abrazo a los compañeros de la prisión de Segovia por la entereza y profesionalidad demostrada. Esta entrada va por vosotros compañeros. 

4 comentarios:

  1. Un análisis muy pormenorizado y yo desde luego he aprendido mucho. Está claro que el trabajo de las Juntas de Tratamientos y los profesionales que formáis parte de las mismas, no es sencillo, son muchos los criterios a ponderar y nos lo has explicado de forma muy didáctica. Que echen ese trabajo por tierra me parece una vergüenza. Un abrazo, compañera!!

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    1. Hola, Eladio: que te parezca didáctica esta entrada me parece todo un piropazo porque eso es lo que pretendía, ofrecer argumentos distintos a los oficiales. Un abrazo.

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  2. Hola Elena, me resultan muy interesantes tus entradas, ya que aprendo muchisimo con lo que escribes, esta en particular me resulta estupenda, porque me permite en mis conversaciones sobre este tema, dar argumentos técnicos ( aparte de los politicos) a las personas con las que converso.Gracias y a continuar...

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    1. Hola, Monica: Me alegra mucho saber que te gusta mi blog y me anima a seguir. Dar argumentos es lo que pretendía porque, en este caso en particular, creo que se estaban aprovechando del desconocimiento general de las prisiones. Gracias a ti por seguirme, un abrazo compañera.

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